El matrimonio infantil y la persecución de mujeres obligan a mirar más allá de las publicaciones virales: también hacia América Latina y Estados Unidos.
Por Carlos Luis Barrios
Una niña entra sola en un juzgado y pide divorciarse. La escena resulta insoportable porque reúne dos realidades que nunca deberían encontrarse: la infancia y la necesidad de escapar de un esposo. Mientras otros niños dependen de los adultos para cruzar una calle, ella debe acudir a un tribunal para que alguien reconozca su derecho a estar a salvo. Su nombre es Nujood Ali, es yemení y su caso ocurrió en 2008. Que su historia vuelva a circular ahora revela cuánto puede durar una injusticia en la memoria y cuánto nos falta para impedir que se repita.
Las redes sociales acercan estas historias, aunque a menudo les borran la fecha. Una publicación compartida esta semana puede narrar un hecho de hace dieciocho años. Esa diferencia importa: el periodismo tiene que conservar la cronología incluso cuando escribe desde la indignación. También debe evitar que el sufrimiento se convierta en una sucesión de imágenes estremecedoras que consumimos, comentamos y abandonamos. Después del impacto queda una pregunta menos cómoda: ¿qué estamos dispuestos a exigir para que una niña no necesite semejante valentía?
Otro de los casos que circulan es el de Shukria, casada a los nueve años con un hombre de cincuenta para saldar una deuda familiar. El Fondo de Población de las Naciones Unidas publicó su historia en diciembre de 2016. La deuda pertenecía a los adultos; las consecuencias recayeron sobre ella. Hay en ese intercambio una idea brutal de propiedad: alguien consideró que podía disponer de una hija para resolver sus dificultades económicas. Ninguna explicación sobre la pobreza vuelve aceptable esa decisión. Comprender las condiciones que favorecen un abuso es necesario para combatirlo; utilizarlas para justificarlo prolonga el daño.
En septiembre de 2026, otra noticia puso de nuevo bajo discusión el derecho de las mujeres a decidir sobre su propia vida. Según informó Iran International, citando al diario iraní Ham-Mihan, un tribunal de apelaciones de Qom confirmó la condena de 74 latigazos contra la cantante Parastoo Ahmadi por su concierto difundido en diciembre de 2024, en el que apareció sin el velo obligatorio y cantó como solista.
Una artista adulta perseguida por cantar y una niña entregada en matrimonio viven situaciones distintas. Sus edades, los mecanismos de coerción y las responsabilidades legales exigen tratamientos específicos. Sin embargo, ambas historias permiten examinar una pretensión persistente: que una autoridad decida hasta dónde puede llegar la voluntad femenina. En un caso se castiga una expresión de libertad; en el otro se impide que esa libertad tenga tiempo de formarse. La condena merece dirigirse contra las prácticas y quienes las sostienen, sin convertir a pueblos enteros o a todos los creyentes de una religión en culpables colectivos.
La distancia geográfica, además, puede ofrecernos una tranquilidad engañosa. Es fácil denunciar una boda infantil en Yemen y pensar que semejante problema pertenece a otro mundo. América Latina y el Caribe obligan a corregir esa mirada. Los datos publicados por UNICEF sitúan en el 21 % la proporción de mujeres jóvenes que se casaron o entraron en una unión antes de cumplir dieciocho años: aproximadamente una de cada cinco. El indicador incluye matrimonios y convivencias, una precisión esencial en una región donde muchas uniones tempranas ocurren sin ceremonia ni registro civil.
La ausencia de un vestido de novia puede hacer menos visible el problema. Una adolescente que deja la escuela para convivir con un adulto quizá no protagonice una noticia internacional. Puede quedar absorbida por expresiones cotidianas que clausuran cualquier pregunta: «ya tiene marido», «se fue con él», «ahora le toca atender su casa». Conviene detenerse antes de aceptar esas frases. ¿Tenía alternativas? ¿Podía negarse sin perder su sustento o enfrentar violencia? ¿Cuenta con alguien que la ayude si quiere salir de esa relación? La aparente aceptación no basta para establecer que hubo una decisión libre.
Hay avances que deben reconocerse. Colombia aprobó la Ley 2447, del 13 de febrero de 2025, que prohíbe el matrimonio infantil y las uniones tempranas. Es una respuesta concreta a una deuda de protección. Su eficacia, sin embargo, dependerá de que las instituciones puedan identificar los riesgos y acompañar a quienes ya se encuentran en esas situaciones. Una prohibición necesita escuelas accesibles, servicios de protección y posibilidades materiales de construir otra vida. De lo contrario, la práctica puede continuar fuera de los registros que antes la hacían visible.
Estados Unidos también forma parte de esta discusión. La organización Unchained At Last documentó cerca de 315.000 matrimonios de menores entre 2000 y 2021, mayoritariamente de niñas con hombres adultos. Su trabajo señala, además, las barreras que pueden enfrentar los menores para conseguir asistencia jurídica, acceder a un refugio o iniciar por su cuenta un proceso de divorcio. Permitir que alguien se case cuando todavía carece de plena autonomía para abandonar ese matrimonio plantea una contradicción que ninguna autorización familiar debería resolver por sí sola.
El 30 de septiembre de 2026, el gobernador de California firmó la ley AB 1267 para prohibir el matrimonio de menores. La medida merece celebrarse, pero también obliga a preguntar por qué una protección tan básica ha requerido años de presión pública. Una sociedad que exige madurez para asumir determinadas responsabilidades debe examinar con rigor las excepciones que permiten comprometer la vida de un adolescente. La firma de los padres o la aprobación judicial no eliminan automáticamente la dependencia, el miedo ni la desigualdad entre las partes.
El debate exige algo más que elevar la edad mínima en un documento. UNICEF vincula el matrimonio infantil con la interrupción de los estudios, el aislamiento, los embarazos tempranos y el riesgo de violencia doméstica. Por eso, prevenirlo supone intervenir antes de que una familia vea en la unión de una hija una salida económica, o antes de que una adolescente crea que convivir con un adulto es su única manera de escapar de casa. Proteger también significa ofrecer alternativas que puedan sostenerse después de la denuncia.
Las historias virales pueden abrir esa conversación, siempre que nuestra atención sobreviva al siguiente deslizamiento de pantalla. Conviene preguntar qué leyes permiten todavía estas uniones, quién vigila su cumplimiento y qué ocurre con las niñas que piden ayuda. También conviene escuchar a las mujeres que resisten la imposición sin exigirles que se conviertan en heroínas para merecer respaldo. Nadie debería tener que arriesgar su integridad para cantar, ni demostrar una valentía extraordinaria para conservar su infancia.
Nujood consiguió que un tribunal la escuchara. Su coraje merece reconocimiento; la soledad que la llevó hasta allí merece una respuesta. Dieciocho años después, la medida de nuestro progreso será cuántas niñas pueden crecer sin necesitar un divorcio y cuántas mujeres pueden hacer oír su voz sin esperar un castigo.